Se entiende como el resultado del aprovechamiento del
potencial suelo-clima por un grupo humano; éste depende de los objetivos del
grupo y varían de acuerdo con el medio natural en el cual se insertan, el tipo
de sociedad, la estructura económica de esta, políticas de Estado, todo lo cual
lleva a que sean diversos los agrosistemas que se suceden en el espacio y en el
tiempo.
Sistema Agrario de Baja California Sur
El destino de la tierra de los polígonos ejidales puede ser
de tres tipos: Asentamiento Humano, Uso Común y Tierras Parceladas.
Tierras para el asentamiento humano
Conforme al artículo 63 de la Ley Agraria, "las tierras
destinadas al asentamiento humano integran el área necesaria para el desarrollo
de la vida comunitaria del ejido que esta compuesta por los terrenos en que se
ubique la zona de urbanización y su fundo legal".
Tierras de uso comun
Según lo establecido en el artículo 73 de la Ley Agraria,
"las tierras de uso común constituyen el sustento económico de la vida en
comunidad del ejido y están conformadas por aquellas tierras que no hubieren
sido reservadas por la Asamblea para el asentamiento del núcleo de población,
ni sean tierras parceladas"
Tierras parceladas
Son los terrenos del ejido que han sido fraccionados y
repartidos entre sus miembros y que se pueden explotar en forma individual, en
grupo o colectivamente. Corresponde a los ejidatarios el derecho de
aprovechamiento, uso y usufructo de ellos. En síntesis, un polígono ejidal
puede orientarse a uno, dos o a los tres tipos de destino de la tierra; es
decir, en su interior se puede encontrar sólo tierras de uso común, parceladas
o de asentamiento humano, o bien puede contener la combinación de dos o tres
tipos.
Adicionalmente a la obtención de los datos geodé- sicos y/o
topográficos, se recolecta información sobre los atributos del ejido en su
conjunto, y de manera particular sobre cada vértice geodésico, tipo de terreno
(área de asentamiento humano, solar urbano, área parcelada, etcétera) y de los
posibles sujetos de derecho. Los instrumentos para captar estos datos son las
14 cédulas que se aplican en campo, durante el período de levantamiento, las
cuales pueden consultarse en el anexo que se encuentra en la parte final de
esta publicación y que son:
CLAVE TIPO
C.1.0 Información de
Vértices Geodésicos Puntos GPS
C.1.1 Registro de Observaciones Puntos GPS
C.1.2 Registro de Observaciones para Métodos Estático
Rápido, Cinemático y Pseudocinemático
C.2.0 Información General al Interior del Ejido
C.3.0 Información de Tierras de Uso Común
C.3.1 Ejidatarios con Derechos sobre Tierras de Uso Común
C.4.0 Información de Tierras Parceladas
C.4.1 Relación de Parcelas y Ejidatarios
C.5.0 Información Parcelaria
C.6.0 Información del Area del Asentamiento Humano 5 INEGI.
Baja California Sur : tabulados básicos ejidales por municipio : Programa de
Certificación de Derechos Ejidales y Titulación de Solares Urbanos , PROCEDE :
1992 - 1998. 1999
C.6.1 Relación de Solares de Servicios Públicos
C.7.0 Información de Solares Urbanos C.8.0 Información de
Tierras de Explotación Colectiva
C.8.1 Ejidatarios con Derechos sobre Tierras de Explotación
Colectiva
Es importante señalar que, salvo los datos considerados en
los primeros tres tipos de cédulas (1.0, 1.1 y 1.2), en las 11 restantes gran
parte de la información recopilada es producto de la entrevista personal que
sostienen las brigadas del INEGI con cada uno de los integrantes del ejido. Al
respecto, además de los datos personales de los posibles sujetos de derecho
(edad, lugar de nacimiento, estado civil, ocupación, etcétera) los
correspondientes a la clase de tierra y uso actual del suelo de los ejidos,
dependen únicamente de lo declarado por el informante.


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